Micelio
Auto14 de abril de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Trash Global Sa Esp·Demandado Empresa De Acueducto Alcantarillado Y Aseo De Madrid Esp

Tema · dato duro
Competencia De La Superintendencia De Industria Y Comercio En Ejercicio De Sus Funciones Jurisdiccionales-Controversias Por Actos De Competencia Desleal
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por la Superintendencia de Industria y Comercio y el Consejo de Estado, Sección Primera, Sala de lo Contencioso Administrativo.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una solicitud que hizo la sociedad Trash Global S.A.

ESP en contra de loa Empresa de Acueducto y Alcantarillado y Aseo de Madrid, por actos desleales de violación de normas, desviación de la clientela y violación a la prohibición general de competencia.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 1036 de 2022, mediante la cual se estableció que la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad Civil, es la competente para conocer de la acción declarativa y de condena en materia de competencia desleal, lo que incluye la competencia a prevención que se dispone a favor de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, en los procesos en que dicha autoridad participe, sin importar que en el extremo pasivo de la acción se encuentre una sociedad de economía mixta, conforme con lo dispuesto en la Ley 256 de 1996, en el artículo 461 del Código de Comercio y en el literal b) del numeral 1° del artículo 24 del Código General del Proceso.

Con base en lo anterior se remitió el expediente a la Superintendencia de Industria y Comercio para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique esta decisión a la Corporación judicial involucrada y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia de Industria y Comercio y el Consejo de Estado, Sección Primera - Sala de lo Contencioso Administrativo y DECLARAR que la Superintendencia de Industria y Comercio es la autoridad competente para conocer el proceso promovido por Trash Global S.A. E.S.P. en contra de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado y Aseo de Madrid (E.A.A.A.M. - E.S.P.).
  2. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1648 a la Superintendencia de Industria y Comercio para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique esta decisión al Consejo de Estado, Sección Primera - Sala de lo Contencioso Administrativo y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.